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Preventiva · seguro de decesos

Guía de decesos

Gestión de la herencia y trámites tras un fallecimiento

Tras un fallecimiento no solo hay que organizar el funeral: empieza una cadena de trámites administrativos y, después, la herencia. Aquí tienes la lista ordenada de gestiones, en qué te ayuda el seguro de decesos y dónde termina su cobertura (y empieza la del notario y Hacienda), para que sepas con qué cuentas y con qué no.

Por Segurantia Correduría de Seguros (DGS J-4118) Actualizado el 29 de mayo de 2026

Dos fases distintas: los trámites del fallecimiento y la herencia

Conviene separar dos cosas que suelen confundirse. Primero están los trámites administrativos del fallecimiento, urgentes y necesarios para poder celebrar el funeral. Después llega la herencia, es decir, el reparto y la transmisión del patrimonio, que se desarrolla en las semanas y meses siguientes. El seguro de decesos interviene de lleno en la primera fase y, según la póliza, presta apoyo u orientación en la segunda, pero no la asume por completo. Saber dónde está esa frontera evita falsas expectativas.

Los trámites de los primeros días

En las primeras horas y días hay gestiones que no pueden esperar. Estas son las principales:

  • Certificado médico de defunción: lo emite el facultativo y es el documento que pone todo en marcha.
  • Inscripción en el Registro Civil: deja constancia oficial del fallecimiento.
  • Licencia de enterramiento o incineración: autorización necesaria para el sepelio, que se tramita tras la inscripción.
  • Organización del servicio funerario: tanatorio, féretro, traslado y ceremonia.

De casi todas estas gestiones se encarga la funeraria o el propio seguro de decesos. Es justamente lo que cubre una póliza: que la familia no tenga que ocuparse del papeleo en pleno duelo. Lo detallamos en qué cubre el seguro de decesos.

Los trámites de las semanas siguientes

Pasados los primeros días, llega una segunda tanda de gestiones, ya orientadas a la herencia:

  • Certificado de defunción literal: versión completa que piden bancos, aseguradoras y notarías.
  • Certificado de últimas voluntades: indica si hay testamento y ante qué notario; se solicita pasados 15 días hábiles.
  • Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento: revela si el fallecido tenía seguros de vida o accidentes.
  • Baja en la Seguridad Social y solicitud, si procede, de pensiones de viudedad u orfandad.
  • Gestiones bancarias: comunicar el fallecimiento y conocer las posiciones del titular.

En qué te ayuda el seguro de decesos (y en qué no)

Aquí está la clave que pocas páginas explican con claridad. El seguro de decesos se encarga del servicio funerario y de la tramitación administrativa del fallecimiento, y muchas pólizas completas añaden asesoramiento u orientación testamentaria y sucesoria e, incluso, ayuda con la obtención de certificados. Lo que no hace es pagar el impuesto de sucesiones, ni asumir los honorarios del notario o del registro, ni sustituir a los herederos en la adjudicación de los bienes. Esa parte corresponde a la herencia y corre por cuenta de quienes heredan.

La herencia: notario, impuestos y plazos

La tramitación de la herencia propiamente dicha incluye la aceptación, el inventario de bienes, la escritura de adjudicación ante notario y la liquidación de impuestos. El impuesto de sucesiones tiene, con carácter general, un plazo de seis meses desde el fallecimiento (prorrogable), y su importe varía mucho según la comunidad autónoma y el parentesco. Es un terreno en el que conviene asesorarse bien; el seguro de decesos puede orientarte, pero la gestión y el coste fiscal son de los herederos.

Por qué tener todo esto resuelto descarga a tu familia

Cuando una familia se enfrenta a un fallecimiento, sumar el dolor a una montaña de papeleo y a una factura de varios miles de euros es agotador. Un seguro de decesos con buena cobertura de gestión convierte esa carga en una llamada de teléfono: la compañía organiza el servicio y acompaña en los trámites. Si quieres asegurarte de que tu póliza incluye esa asistencia y no se queda en lo básico, revisa cómo elegir el mejor seguro de decesos y comprueba que el capital sea suficiente. Cuando lo tengas claro, puedes calcular tu precio en dos minutos, sin compromiso.

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Preguntas frecuentes

¿El seguro de decesos gestiona la herencia?

El seguro de decesos se ocupa del servicio funerario y de los trámites administrativos del fallecimiento (certificado de defunción, Registro Civil, últimas voluntades, baja en la Seguridad Social). Muchas pólizas completas incluyen además asesoramiento u orientación sobre la herencia, pero no pagan el impuesto de sucesiones ni sustituyen al notario en la adjudicación de bienes.

¿Qué trámites hay que hacer en los primeros días?

Obtener el certificado médico de defunción, inscribir el fallecimiento en el Registro Civil y solicitar la licencia de enterramiento o incineración. De estas gestiones urgentes se encarga normalmente la funeraria o el propio seguro de decesos, lo que descarga a la familia en los momentos más difíciles.

¿Qué es el certificado de últimas voluntades y para qué sirve?

Es el documento que acredita si la persona fallecida había otorgado testamento y ante qué notario. Se solicita pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento y es imprescindible para iniciar la tramitación de la herencia. Junto con el certificado de defunción, es uno de los primeros documentos a obtener.

¿El seguro paga el impuesto de sucesiones?

No. El impuesto de sucesiones y las gestiones notariales y registrales de la herencia corren por cuenta de los herederos; no forman parte de la cobertura del seguro de decesos. El seguro cubre el servicio funerario y la tramitación administrativa del fallecimiento, no la transmisión del patrimonio.

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